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Todavía
se conserva el edificio que sirvió de escuela en esta época: la Escuela vieja,
edificio frío y oscuro frente a la calle de La Escuela.
Edificio
de dos plantas. En la planta baja estaba la escuela de niños y en la alta, la
escuela de niñas o "costura". Es seguramente a finales del siglo XIX cuando se
establece la escuela de niñas, con la voluntad de prepararlas -conforme a la
mentalidad de la época-, para la casa. La mujer, sabiendo las labores
necesarias, cumple su cometido. De ah í el ir a "costura". Al hombre se le debía
instruir, aunque esta instrucción quedara limitada al aprendizaje de la lectura
y poco más y no para todos los niños.
La
enseñanza en esta época estuvo dirigida y tutelada por la Iglesia. En Alpuente,
era el Obispo de Segorbe el que supervisaba y daba el placet para ser Maestro de
primeras letras y regentar una escuela para impartir lo que podemos llamar
enseñanza elemental, que aunque pagada por el Consejo, éste sólo intervenía en
el mantenimiento de la misma. El período de enseñanza abarcaba de los seis a los
diez años. Las materias que se impartían por orden de importancia era la
religión, lectura, escritura y aritmética y, en algunos casos, sólo las dos
primeras.
Tanto
los edificios destinados a escuela, como los métodos y material eran muy
limitados. En Alpuente sólo se disponía de una escuela donde debían asistir los
niños de las aldeas más cercanas. Sólo unos bancos y unas escasas mesas
reservadas a quienes estaban aprendiendo a escribir. El libro más usado era el
Catecismo y abecedarios con imágenes y frases, colgados en la pared, y alguna
cartilla con normas de ortografía y gramática, era todo el material didáctico
con el que se contaba.
Es
curiosa esta solicitud, dirigida al Consejo por un vecino de la Villa, para
poder optar a la plaza de Maestro de primeras letras
 Solicitud
de plaza de maestro en la Villa
por un vecino
“Ilustres
Señores:
Martín Asensio, hijo natural de la Villa de Alpuente, y
legítimo de Miguel Asensio y Felicitas Peñalver, puesto a los pies de V.Sas.
Dice: que deseoso de tomar el estado de eclesiástico y
hallándose sin Beneficio(*) para lograr dicho fin y discurriendo alguno que no
fuera Beneficio, ha hallado uno y es de la Escuela y es en esta forma: y dice
que si V.S as. tienen gusto de dársela con la obligación
de enseñar a los niños a leer, escribir y contar, juntamente con otras cosas que
se enseñan a los niños en las escuelas.
Tiene bastante noticia de que el Señor Obispo le ordenara con dicho
cargo (**), pero dice dicha Ilma. Sa que ha de ser teniendo 40 libras
de cóngrua (***) y que por nada menos lo hará. Por lo cual pide a
V.S as. (el arriba nombrado) tengan el gusto de alargárselas
pues se promete a enmendarlo en el servicio de la Escuela, poniendo todo su
cuidado en que los niños aprendan todo lo que su cortedad alcanza y pues, tan a
poca costa, como es el interés que pide (para esta Ilustre Villa) quedará un
hijo de esta Villa acomodado y dicha Villa servida.
Y con la esperanza de que V.Sas. le ampararán en esta ocasión,
cesa en ser molesto y les guarde el Cielo a Vs Señorías los m. a. (muchos años)
que puede y desea para mejor acierto y gobierno de esta Ilustre Villa de
Alpuente.
Alpuente, Octubre 14 de 1771
Humilde siervo de Vs. Señorías que su
mo ba
Martín Asensio
Ilustre Consejo
(*). Emolumentos que se obtiene inherentes o no a un oficio.
(**) Era el Obispo de Segorbe el que nombraba a los
Maestros en su diócesis, en aquella época.
(***) Emolumentos impuestos por el Obispo y pagados por
el Consejo.

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